VISA TIPO R – RESIDENTE
Ideal para extranjeros que deseen establecerse de manera permanente en Colombia o fijar su domicilio en el país.

- Habiendo sido nacional colombiano, ha renunciado a esta nacionalidad.
- Padre o madre de nacional colombiano.
- Habiendo permanecido en Colombia durante (2) años de manera continua e ininterrumpida como titular de visa “M”. En cumplimiento de las condiciones que cita el Art. 17.
- Habiendo permanecido en Colombia durante (5) años de manera continua e ininterrumpida.
- - Como titular de visa “M”. En cumplimiento de las condiciones que cita el Art. 17.
- - Como titular beneficiario de visa “R”
- Habiendo registrado inversión extranjera directa en los montos mínimos establecidos por la ley migratoria colombiana.
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